El Artículo 416 de la LECR (Ley de Enjuiciamiento Criminal) establece lo siguiente:
Están dispensados de la obligación de declarar:
1. Los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil, así como los parientes a que se refiere el número 3 del artículo 261.El Juez instructor advertirá al testigo que se halle comprendido en el párrafo anterior que no tiene obligación de declarar en contra del procesado; pero que puede hacer las manifestaciones que considere oportunas, y el Secretario judicial consignará la contestación que diere a esta advertencia.
2. El Abogado del procesado respecto a los hechos que éste le hubiese confiado en su calidad de defensor. Si alguno de los testigos se encontrase en las relaciones indicadas en los párrafos precedentes con uno o varios de los procesados, estará obligado a declarar respecto a los demás, a no ser que su declaración pudiera comprometer a su pariente o defendido.
Sin tener ningún conocimiento de leyes, he intentado entender lo que explica el artículo 416, y creo que viene a ser algo así:
Una mujer maltratada se encuentra con tantas trabas en el camino hacia la denuncia de su agresor, que incluso las leyes se contradicen a la hora de su defensión.
La persona encargada de tomar declaración, tiene la obligación de exponer a la denunciante (víctima) que está en su derecho de no acusar al denunciado (agresor), si no lo hiciese así, si no se le informa de este derecho, no tendría validez tal denuncia.
Así, si una mujer llega con reparos, miedos e incertidumbres a este punto tan importante, se encuentra con que “puede que no sea lo más acertado poner dicha denuncia”, ya que puede afectar o comprometer a terceros. Muchas de estas mujeres, o retiran la denuncia o no la ejecutan, con el temor de hacer un daño mayor. No olvidemos que la mujer maltratada no se siente víctima, su vida de violencia es “normal” y ella es “responsable” de esta realidad.
Gracia Rodríguez, Fiscal Delegada Contra la violencia de género de Jaén, y premio Meridiana 2013, nos deja una reflexión social: ¿Está la sociedad y la ley haciendo lo suficiente para erradicar esta lacra que sufrimos los ciudadanos de una u otra forma?
La fiscal hace un especial llamamiento a los jóvenes, que ven natural, que su pareja le indique lo que tienen que vestir, qué tienen que hacer, donde tienen que ir y con quien, como tiene que hablar... porque eso forma parte del “amor” y de su vida de pareja. Anima a las personas maltratadas a que pierdan el miedo y denuncien, mientras haya vida, nunca será tarde.
Alguna voz discordante ha dicho que la mayoría de denuncias por violencia de género son falsas, algo de cierto hay en esto, pero según la señora Rodríguez, de casi tres mil casos solo en su provincia, se han dado cinco o seis casos falsos, y además eso se intuye, se nota cuando se es persona maltratada o solo se finge serlo. Es un problema lo bastante serio y grave para no hacer especulaciones que puedan dañar el trabajo de los profesionales dedicados a esta situación social. En todos los casos aún con actuaciones falsas, se llega hasta el final y la ley juzgará a la persona que haya hecho una acusación fingida.
Al igual que hay profesiones vocacionales, las personas dedicadas a la protección y defensa de víctimas de violencia machista, deben creer en su trabajo, deben tener una actitud positiva y defensora de las dificultades y obstáculos que las víctimas llevan hasta ellos. Deben ante todo, garantizar la credibilidad y protección de las personas afectadas.
Aunque hoy no es el día reivindicativo contra la violencia de género, se trata de un día también especial para reclamar el derecho de la mujer a una vida digna. Una vida sin golpes, sin amenazas y sí... con todo el respeto que una persona merece, sea hombre o mujer.
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